El Juzgado de lo Social de Segovia ha desestimado la demanda interpuesta por UGT para solicitar la anulación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) realizado por causa de fuerza mayor por la empresa Llorente Bus a 35 de sus trabajadores con motivo del descenso de servicios provocado por la crisis del coronavirus. La sentencia rechaza que esta compañía, que presta el servicio de transporte regular en autobús entre Segovia y Madrid como 'Avanza', incumpliera el artículo 34 del Real 8/2020, de 17 de marzo, en lo referente a la imposibilidad de incluir en un ERTE a los empleados de la compañía que prestan servicios a entidades pertenecientes al sector público, como era el caso de Avanza, que tiene una concesión del Ministerio de Fomento para la explotación de la ruta Segovia-Madrid.
El tribunal segoviano concluye que esa norma no excluye la suspensión temporal de empleo. "[...] se deduce que el precepto admite la posibilidad de que la empresa haya adoptado alguna medida que le exima del pago de salarios, como la suspensión de la eficacia contractual de los trabajadores afectados", señala. También tumba las pretensiones de UGT por no haber cumplido el trámite previo y necesario de agotar la vía de la conciliación antes de iniciar el procedimiento judicial.