«Los contratos son de once meses». La coletilla aparece en los anuncios de algunos de los pisos que se ofertan en alquiler en Segovia y tiene una explicación que va más allá de la gestión tradicional que los propietarios y las inmobiliarias hacen de las viviendas en laquiler. El horizonte temporal de once meses supone que esa vivienda queda incluida en el régimen de alquiler de temporada. Es decir, el enfocado principalmente a los estudiantes que se desplazan a otra ciudad diferente de la suya o a trabajadores temporales. Sin embargo, algunos propietarios están empleando esta fórmula para eludir la ley de vivienda.
Con los alquileres de temporada –también llamados estacionales– pueden actualizar el precio cada vez que finaliza el contrato y los inquilinos no tienen derecho a prolongar su estancia en la vivienda cinco años (siete años si se trata de personas jurídicas) y se les puede cargar la comisión de la inmobiliaria, algo que impide la Ley de Arrendamientos Urbanos en los inmuebles sujetos a contratos de alquiler habitual.
El presidente de la Asociación Segoviana de Empresas Inmobiliarias, Gonzalo Marina, reconoce que hay caseros en Segovia que se han sumado a la práctica de decantarse por alquileres de temporada con algunos que, como mínimo, se encuentran en la frontera de lo legal. «El propietario tiene que ir a buscar esos truquillos para que no le dejen con el culo al aire. Si haces un contrato de alquiler habitual a una pareja y se te declara vulnerable, aunque te deje de pagar el alquiler tú tienes que seguir pagándoles la luz y la calefacción», señala Marina, que incide en que son los propietarios quienes ponen las normas en la vivienda que quieren alquilar y no las inmobiliarias. «Si viene alguien que cumple todos los requisitos y tiene una solvencia, yo lo que quiero es el alquiler de toda la vida», dice.
El Gobierno ya ha puesto el foco sobre estas prácticas y prepara un reglamento para regular los alquileres temporales. Aunque todavía no ha trascendido el texto con los detalles, una de las ideas que los expertos trasladaron al Ministerio de Vivienda es la exigencia de un anexo al contrato donde figure documentación que acredite que no se trata de un alquiler de vivienda habitual.
A la espera de este desarrollo normativo está por ver también qué doctrina sientan los jueces respecto a esos alquileres de temporada que podrían ser fraudulentos. «Tengo dudas del encaje legal de esos contratos de once meses», admite el presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Segovia, Miguel Tovar, que asegura que no ha tenido casos de caseros que le hayan pedido hacer pasar contratos de alquiler de vivienda habitual por alquileres de temporada: «No sé si llegarían a ser legales, sobre todo cuando se repitiera [el 'truco'] constantemente sobre una misma vivienda en diferentes ejercicios y a distintos inquilinos. Yo creo que tendría algún tipo de problema jurídico».
El propietario que firmara un contrato de alquiler de temporada a un inquilino sin ese perfil se podría enfrentar a un proceso judicial iniciado por ese inquilino para tratar de recuperar, con la relación contractual en marcha, los derechos que la ley de vivienda establece para quienes realmente son residentes habituales.