El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº1 de Segovia, en sentencia del 16 de febrero de 2024, ha declarado que el acuerdo por el que el PP de la Diputación de Segovia, con el voto en contra del Grupo Socialista, aprobó la Memoria del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SEPEIS) no se ajusta a derecho por contener hasta 8 ilegalidades manifiestas, como la de atribuir a los voluntarios funciones no previstas por la ley, reservadas única y exclusivamente para ser llevadas a cabo por bomberos profesionales y, de esta manera, poner en riesgo la vida de las personas.
Asimismo, según un comunicado del Grupo Socialista de la Diputación "la sentencia condena en costas a la institución provincial que dirige Miguel Ángel de Vicente".
En este sentido, el portavoz del grupo, Máximo San Macario ha recordado que el Grupo Socialista, antes de acudir a los Tribunales, formuló sus advertencias respecto a "las manifiestas ilegalidades del SEPEIS diseñado", las cuales fueron planteadas tanto en las Comisiones Informativas, como en los diversos plenos en los que fue objeto de debate. Por si no fuera suficiente, "formulamos alegaciones al acuerdo de Pleno en el que el PP aprobó la Memoria del SEPEIS en el periodo de información pública y, posteriormente, interpusimos un recurso de reposición contra el acuerdo del pleno que resolvía las mismas, si bien dicho recurso fue desestimado por la mayoría del PP", ha incidido San Macario.
La sentencia declara las siguientes ilegalidades respecto del expediente:
No contiene un anteproyecto de las obras ni las bases técnicas de las mismas, incumpliendo el Artículo 61.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RSCL). Las ruedas de prensa políticas no pueden sustituir a las obligaciones legales del expediente.
No contiene el avance del presupuesto de las obras de los parques ni sus inversiones en un periodo de 25 años, que impone el Artículo 62 del RSCL.
No contiene un proyecto de precios del servicio incumpliendo el Artículo 97 del Texto Refundido de Régimen Local y el articulo 62 del RSCL. La Diputación quería aplicar una ordenanza del año 2012, lo cual declara ilegal el juez porque ni siquiera estaba creado el servicio y se refiere obligatoriamente por tato a otras prestaciones.
Todos los datos económicos de la construcción de los parques de la memoria no están justificados y no se puede saber por tanto si son correctos o no. Ni siquiera se sabe de dónde provienen los cálculos. Se incumple el Artículo 62 del RSCL.
Todos los datos económicos del equipamiento de los parques de la memoria no están justificados y no se puede saber por tanto si son correctos o no. Ni siquiera se sabe de dónde provienen los cálculos. Se incumple el Articulo 62 del RSCL.
Todos los datos económicos del coste de personal de los parques de la memoria no están justificados y no se puede saber por tanto si son correctos o no. Ni siquiera se sabe de donde provienen los cálculos. Se incumple el Articulo 62 del RSCL.
Todos los datos económicos del coste de explotación de los parques de la memoria no están justificados y no se puede saber por tanto si son correctos o no. Ni siquiera se sabe de donde provienen los cálculos. Se incumple el Articulo 62 del RSCL.
La Diputación de Segovia ha decidido mover ficha y redactará una nueva Memoria para subsanar las "cuestiones formales" que recoge la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Segovia. De esta manera, el diputado de Hacienda y Desarrollo Económico, Óscar Moral, ha declarado que "mientras el PSOE se dedica a judicializar el trabajo de los técnicos, nosotros continuamos gestionando y, por eso, hemos decidido comenzar la redacción de la modificación de la Memoria, donde se desarrolle bien la base de planteamientos técnicos, así como que incorpore los proyectos técnicos y de suministros o los estudios económicos, demostrando que no hay ningún trasfondo político detrás de la implantación de este nuevo Servicio". En este sentido, Moral ha asegurado que "cualquiera que lea la sentencia, puede comprobar que en todo momento se alude a aspectos técnicos, documentos que no fueron incluidos en un principio, pero que sin embargo estaban elaborados en tiempo y forma, mucho más avanzados incluso de lo que marca la Ley, aunque figuran en expedientes o procedimientos administrativos externos y que no se recogen como anexos en la propia memoria".
En este punto, los servicios jurídicos de la institución provincial, que recibieron la sentencia en la tarde del miércoles, van a solicitar aclaraciones a la misma, y, sin embargo, el equipo de Gobierno "con el fin de seguir con nuestra hoja de ruta", ha delegado ya en una nueva Comisión técnica, presidida por el diputado Óscar Moral y la delegada especial del SEPEIS, Elisabet Lázaro, quienes junto con los nuevos técnicos que la componen, se van a encargar de la modificación de la Memoria siguiendo las pautas que marca el Juez.
Para el diputado, "esta decisión demuestra que no vamos a perder el tiempo en debates absurdos que nos alejen de nuestro objetivo que no es otro que el Servicio de bomberos profesionales de la Diputación comience a funcionar a finales de año con todas las garantías". Por último, Óscar Moral ha pedido que no se haga "juego sucio" con una cuestión tan importante, más en un día como hoy tras la tragedia de Valencia, "hablando de bomberos voluntarios para realizar las actuaciones, pues nuestra Memoria lo que recogía era lo que contemplaba el Plan Sectorial de la Junta de Castilla y León, hoy ya también con sentencia del TSJ y recurrido ante el Tribunal Supremo.
Así, Moral ha concluido que "la institución provincial seguirá manteniendo los acuerdos de colaboración con los parques limítrofes y con aquellos ámbitos que procuren una actuación inmediata en nuestros pueblos, porque quien no conozca esta cuestión está muy alejado de la realidad que se vive en ellos".