Un juez avala la legalidad de la gasolinera de Robledo

Nacho Sáez
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo considera que el Plan Parcial de Robledo da luz verde a la actividad de la estación de servicio, a la que se oponía un grupo de vecinos.

Un juez avala la legalidad de la gasolinera de Palazuelos

La licencia de obras de la gasolinera de Parque Robledo era legal. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia ha desestimado el recurso presentado por un grupo de vecinos contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma que dieron luz verde a la licencia de obras de la estación de servicio. El magistrado-juez Raúl Martín Arribas ha declarado ajustada a derecho la resolución municipal que desestimó el recurso de reposición interpuesto por los vecinos, a los que condena en costas. La gasolinera lleva abierta desde 2022 bajo gestión de Plenoil, que cuenta con más de 200 estaciones de servicio en España repartidas en 17 comunidades autónomas.

«Entre otras cosas implica la reestructuración de la entrada de la urbanización, la modificación de la localización de parada de taxis, también de la de autobús (que quedaría secuestrada entre la entrada y la salida de la gasolinera, con el perjuicio y peligro que eso puede llevar a niños y usuarios normales) y la dramática destrucción de importantes zonas verdes», remarcaba antes de su construcción un grupo de vecinos que recogió 200 firmas. La peligrosidad que implica el limitado tamaño de la parcela, que linda directamente con un bloque de viviendas y dos viviendas unifamiliares y está a escasos metros también del Hotel Santana hacía dudar de la legalidad del proyecto, según esos vecinos.

En su sentencia, el magistrado-juez rechaza que la parcela en la que está construida la gasolinera esté sujeta en el Plan Parcial de Robledo a la obligación de reservar ningún espacio libre de dominio y uso público ni tampoco de ceder espacios para viales y aparcamientos. «Es una franja de terreno de dominio privado y uso público», subraya. Tampoco da la razón a los recurrentes -que aportaron informes arquitectónicos y topográficos- en que la parcela no cuenta con la superficie de 1.500 metros cuadrados que exige el Plan Parcial.

Respecto a su disconformidad por el uso de la parcela para un fin que no estaba previsto en la normativa urbanística, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo apunta que la actividad como gasolinera es compatible cuando el plan urbanístico permite el uso comercial y que incluso si no contempla el uso comercial es posible porque «la competencia para el sector de hidrocarburos es estatal». En este caso, según el magistrado-juez, el Plan Parcial de Robledo recoge el uso comercial para la parcela de la gasolinera.

Otros de los aspectos que provocaron la inquietud de los vecinos es la proyección del uso de dinamita para «remover las tierras sin encontrarse en el expediente mención ni advertencia formal del Ayuntamiento de la situación en una zona residencial», pero respecto a este asunto no hay ninguna referencia en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Dictado el pasado lunes, el fallo es recurrible ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.