Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de este miércoles, mañana, 13 de marzo, entra en vigor la Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Segovia, que contempla, entre otras medidas, la aprobación de un Plan Estratégico de Subvenciones para todo un mandato corporativo o, al menos, para tres años, que servirá como programa de las actuaciones a llevar a cabo en esta materia.
Las asociaciones y colectivos que regularmente concurren o son beneficiarias de subvenciones municipales confían en que, tras esta aprobación definitiva de la ordenanza, las distintas concejalías implicadas, como la de Cultura y Servicios Sociales, entre otras, lancen las correspondientes convocatorias de ayudas para este año, y también se firmen los convenios para subvenciones directas.
Durante el debate de esta ordenanza municipal, en el pleno que la corporación celebró el 27 de diciembre, el concejal de Cultura, Juan Carlos Monroy, explicó que, entre otros objetivos, este texto tiene como finalidad "ofrecer una simplificación normativa y una unificación de criterios y procedimientos".
Añadió el edil del PP que se convertirá "en un gran paraguas, que permite que cada convocatoria o cada convenio por adjudicación directa pueda irse adecuando a las distintas modalidades que permite la Ley de Subvenciones".
Indicó expresamente el esfuerzo por incorporar criterios generales de simplificación y reducción de cargas administrativas y, como novedad destacable, la incorporación de un capítulo dedicado específicamente a los premios, a propuesta de la Intervención General del Ayuntamiento.
Monroy sostuvo que, además, la ordenanza avanza en la mejora de la gestión, garantizando la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos, y la eficiencia en la asignación de recursos públicos".
Por último, el concejal de Cultura aseguró que, con esta aprobación, "damos respuesta a una necesidad histórica para el Ayuntamiento, que durante años ha sido demandada", en referencia a los planes anuales normativos de anteriores mandatos corporativos, en las que se incluyó la elaboración de la ordenanza, pero no se llevo a cabo.
Añadió que responde, por otro lado, a las reclamciones del Tribunal de Cuentas en ese sentido.
Además de contar con el voto favorable del PP, entre los grupos de la oposición, en esa sesión plenaria la ordenanza contó con el apoyo de los dos concejales de VOX y de la edil de Ciudadanos, y la abstención del resto.
El debate del dictamen estuvo 'contaminado' por el enfado de los grupos de la oposición con el discurso que el alcalde, José Mazarías, había realizado una vez devuelto al equipo de gobierno la propuesta de presupuestos del Ayuntamiento para 2025, al no contar con ningún voto del resto de formaciones para su aprobación.
Sin embargo, algunos portavoces sí intervinieron para advertir, como hizo Guillermo San Juan, de Segovia en Marcha (Podemos-Alianza Verde), que "respecto a esta ordenanza de subvenciones, no tenemos ningún problema, lo que sí tememos es la forma en la que ustedes están dando las subvenciones, y están decidiendo quién merece una subvención nominal, y quién no. Este sistema que ... podríamos denominar como 'dedocracia'".
En este sentido, San Juan confesó que "estamos ansiosos y esperando cómo se va a concretar esta ordenanza en el pan estratégico de subvenciones, que por lo que se nos planteó en la Comisión, hay seis mese para aprobarl, y se pueda desarrollar". Este edil, al igual que el concejal de VOX, Alfonso Ceballos-Escalera, calificó de "buen trabajo técnico" a la ordenanza pero el edil de Podemos mostró sus dudas sobre "la aplicación política" de la misma.
Contenido. La Ordenza de subvenciones cuenta con 79 artículos, distribuidos en 10 capítulos, una disposición adicional única, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
El Capítulo I contiene las disposiciones generales y el II contempla los requisitos para otorgar subvenciones, el órgano competente, las obligaciones de los beneficiarios, la regulación sobre las entidades colaboradoras, la tramitación anticipada, el régimen de subvenciones plurianuales y el de grantías. El Capítulo III recoge los procedimientos de concesión y la regulación de la concurrencia competitiva, la no competitiva y la concesión directa.
El Capítulo IV establece los procedimientos de gestión de las subvenciones, entre otros la subcontratación de actividades subvencionables, la figura de los agentes y gestores de la rehabilitación, la acrecitación de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y el cumplimiento del reintegro de subvenciones, entre otras obligaciones recogidas.
El Capítulo V se divide en siete secciones para regular todo lo relacionado con la justificación de las subvenciones y los gastos que se consideran subvencionables.
El Capítulo VI se dedica a regular el procedimiento de gestión presupuestaria y los dos siguientes la regulación del reintegro de subvenciones y el control financiero de las mismas.
El Capítulo IX regula las infracciones y sanciones administrativas y el X los citados premios educativos, culturales, científicos o de cualquier naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia.