Los beneficiarios del cheque bebé deberán guardar las facturas

David Alonso
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En el caso de no hacerlo y no poder justificar los gastos si la Gerencia de Servicios Sociales lo requiere, las familias estarán obligadas a devolver el importe total de la ayuda con intereses de demora

Los beneficiarios del cheque bebé deberán guardar las facturas - Foto: Óscar Solorzano

Los beneficiarios del Bono Nacimiento o 'cheque bebé' de hasta 2.500 euros por hijo o adopción tendrán que conservar los tiques y/o facturas de los productos adquiridos con cargo a la tarjeta anunciada este martes por el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco. En el caso de no hacerlo y no poder justificar los gastos si la Gerencia de Servicios Sociales lo requiere, las familias estarán obligadas a devolver el importe total de la ayuda con intereses de demora.

Así aparece detallado en las bases de la convocatoria publicada hoy en el Bocyl, y donde se establece, dentro de las obligaciones de los beneficiarios la ne cesidad de guardar estos comprobantes de los productos abonados con la tarjeta Bono Nacimiento durante el tiempo que se establezca en la convocatoria y que «podrán ser requeridos en cualquier momento con objeto de comprobar que el gasto realizado se ajusta a la finalidad a que hace referencia la base primera de esta orden».

Un extremo que no se detalló el presidente durante su intervención y que servirá para justificar un correcto uso de los entre 500 y 2.500 euros del 'cheque bebé', con el objetivo de que solo se gasten en productos básicos para la alimentación infantil, pañales y productos de higiene, entre otros.

De hecho, las bases señalan que, pese a que no se requerirá una autorización previa para su uso en comercios, la Gerencia de Servicios Sociales se reservará la facultad de control e inspección posterior. Así, avisan que se entenderá que no se ha destinado el Bono Nacimiento a la finalidad prevista cuando se solicite a las familias solicitantes de la subvención la aportación de estos tiques o facturas y «no sea posible identificar que los productos o servicios, en su caso, abonados con la tarjeta prepago concedida estén destinados a cubrir los gastos para el cuidado de los hijos».

En este caso, la Junta exigirá el reintegro de las cantidades percibidas en tal concepto, incrementadas, en su caso, con el interés de demora correspondiente desde la fecha del pago de cantidades.