La Guardia Civil de Segovia ha investigado a un hombre de 47 años como presunto autor de varios delitos contra la seguridad vial y uno de falsedad documental. Una patrulla del Destacamento de Tráfico de San Rafael, durante la realización de un punto de verificación de alcohol y drogas en la zona de San Rafael, identificó al investigado, que iba conduciendo un vehículo tipo furgón. Al ser requerido para que presentase el permiso de conducir exhibió a los agentes uno expedido por las autoridades de Venezuela. Ante la sospecha de que el documento pudiera ser falso, el Instituto Armado optó por recopilar todos los datos posibles y ponerlo en conocimiento del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (G.I.A.T.) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil, que inició una investigación y concluyó que el documento era falso.
Los hechos culminaron, en fechas recientes, con el esclarecimiento de cinco delitos contra la seguridad vial y uno de falsedad documental, así como con la investigación y puesta a disposición judicial de un investigado. Los mismos hechos se venían cometiendo desde el año 2021 hasta fechas recientes por conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca ningún tipo de carné de conducir y otro de falsedad documental por poseer y exhibir un permiso de conducir de Venezuela falso, ya que el investigado había sido denunciado hasta en cinco ocasiones en diferentes puntos de las provincias de Segovia, Madrid y Toledo, por lo que se deduce que cada vez que era identificado y denunciado exhibía el citado documento, con lo que conseguía evadir la acción judicial.
Una vez instruidas las correspondientes diligencias, estas fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de Segovia. La Guardia Civil recuerda que el Código Penal, en su artículo 384, establece que quien condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. Este tipo de acciones negligentes y arriesgadas ponen en peligro la vida y la integridad tanto de las personas implicadas en el hecho como del resto de usuarios de la vía.