El alcalde de Sotosalbos: "El empadronamiento es legal"

SPC
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El regidor del municipio donde se ha empadronado Javier Maroto asegura que facilitará la documentación si se le exige

El alcalde de Sotosalbos: "El empadronamiento es legal" - Foto: JuanJo Martín

Feliciano Isabel Jimeno (PP), el alcalde de Sotosalbos, la pequeña localidad segoviana donde se ha empadronado Javier Maroto para poder ser designado senador por Castilla y León, ha defendido la legalidad del trámite y ha asegurado que facilitará la documentación si así se le exige.

En declaraciones a Efe, Feliciano se ha mostrado muy molesto con el revuelo que se ha montado en torno al empadronamiento de Javier Maroto en esta pequeña localidad de 113 habitantes y ha asegurado que si se exige formalmente al Ayuntamiento presentar la documentación sobre su empadronamiento la facilitarán.

"Y si no lo hemos hecho bien, que nos lo digan, y si lo hemos hecho bien, espero que nos aplaudan", explica el regidor, quien se ha preguntado que si el único problema de este país es el empadronamiento de Javier Maroto.

Ha indicado que debería ser el político vasco el que explicara los detalles sobre su empadronamiento, y no él, cansado de atender a la prensa, y ha recordado que él no vive de su labor como alcalde, sino de su trabajo.

Además, ha opinado que deberían ser los partidos los que cambiasen las normas de empadronamiento si se producen situaciones de este tipo.

Y ha invitado al PSOE a presentar la documentación de todos los empadronamientos de sus diputados y senadores para ver si todos "están bien".

Además, ha recordado que el único concejal del PSOE de Sotosalbos (el PP tiene cuatro), ni tiene casa ni reside en esta localidad.

El Grupo Socialista en el Senado tratará de recabar a través de esta institución el expediente del empadronamiento del nuevo portavoz del PP en la Cámara Alta, Javier Maroto, en el municipio segoviano de Sotosalbos, ya que considera que puede haberse producido "en fraude de ley".

El Reglamento del Senado prevé que la administración a la que se requiere esa información, en este caso el ayuntamiento, "deberá facilitar la documentación solicitada o manifestar al presidente del Senado, en plazo no superior a treinta días y para su más conveniente traslado al solicitante, las razones fundadas en Derecho que lo impidan".