El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa María la Real de Nieva ha declarado la extinción de la responsabilidad criminal del exconcejal del PSOE en el Ayuntamiento de Codorniz que supuestamente intentó robar en una gasolinera del municipio de Martín Muñoz de las Posadas. La actual responsable de este juzgado, Silvia Conde, ha dado carpetazo al procedimiento -sin que se haya llegado a juicio- por haber prescrito el delito. A. H. F. fue detenido en marzo de 2018 por la Guardia Civil como presunto autor de varios robos en gasolineras y viviendas de pueblos cercanos a Codorniz.
En el de la gasolinera de Martín Muñoz de las Posadas, las cámaras de seguridad del negocio registraron un asalto en torno a las cinco de la madrugada del 21 de marzo de 2018. En las imágenes se podía observar cómo un hombre disfrazado de guardia civil rompía con un mazo uno de los cristales de la gasolinera y se dirigía, primero, a la caja registradora y, después, a las oficinas, donde también destrozaba una puerta.
La Guardia Civil detuvo horas después a A. H. F., quien en ese momento era uno de los concejales de la oposición en el Ayuntamiento de Codorniz (317 habitantes, según el Instituto Nacional de Estadística). Había sido elegido en las elecciones municipales de 2015, en las que ocupaba el número tres en las listas del PSOE y en las que resultó ganador el PP, que continúa gobernando a día de hoy. Tras su arresto, el secretario general de los socialistas segovianos, José Luis Aceves, se mostró sorprendido y subrayó que no era afiliado del partido.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa María la Real de Nieva decretó su puesta en libertad provisional sin fianza después de prestar declaración en aquel momento. La comparecencia del denunciante el 6 de septiembre de ese 2018 fue el último acto que el juzgado llevó a cabo en este procedimiento hasta hoy, según ha subrayado en un informe la Fiscalía. Seis años de parálisis por motivos que se desconocen que han obligado a la jueza de Santa María a declarar la extinción del asunto por haber prescrito.
El artículo 131 del Código Penal establece que los delitos prescriben «a los veinte años cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años; a los quince cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años o prisión por más de diez y menos de quince años; a los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez; y a los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año».
En su auto, la jueza de Santa María justifica su decisión. «Pendiente de tasación pericial y habiendo transcurrido el plazo de cinco años desde el auto de incoación, en informe del Ministerio Fiscal de 18 de marzo de 2024, señala que, dado que no se han practicado mayores actos con relevancia penal interruptivos de la prescripción, deben considerarse los hechos investigados prescritos. Es por lo que se debe apreciar la extinción de la responsabilidad criminal, sin perjuicio de las correspondientes acciones civiles que, en su caso, correspondan a los denunciantes o perjudicados», subraya la jueza.